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Authors: David Bravo

BOOK: Copia este libro
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En un debate radiofónico con motivo de la Campus Party, Pedro Farré, lo intentaba justificar así:

Jorge Cortell: ¿Pueden todos los miembros de la SGAE votar?

Pedro Farré: En la SGAE, de una u otra forma, como en toda sociedad, como en toda fundación, como en toda organización regida por el derecho, sus socios pueden participar de una u otra forma. Es decir es una sociedad que se rige por principios democráticos.

Javier Candeira: ¿Pueden votar y cuenta su voto igual el del pequeño músico que acaba de empezar que el del grande?

Pedro Farré: Hombre, pues no, porque tenemos unos estatutos que establecen otro sistema pero esos estatutos, como en cualquier organización, se pueden cambiar.

Javier Candeira: Pero el pequeño no puede votar porque tiene menos votos que el grande. No puede cambiar esos estatutos.

Pedro Farré: Bueno, claro, pero, pero bueno, eso ocurre en cualquier tipo de organización de este tipo. Es que eso es lo normal. Lo normal es que así sea, claro. En cualquier sociedad no todos los miembros, no todos los socios, tienen el mismo número de votos. Es decir, es que no estamos hablando de unas elecciones como las que hay por ejemplo en España. En un país, pues, para elegir por ejemplo al presidente del gobierno o al parlamento, es que esto es otra cosa….

Efectivamente es otra cosa, y se llama voto censitario. Este sistema no solo le importa y afecta a los músicos si tenemos en cuenta que entidades como la SGAE, dirigidas como vemos por una élite económica, son las que promocionan las campañas publicitarias contra la «piratería», influyen en los legisladores y organizan cursos a jueces y policías para ilustrarlos sobre la realidad de la propiedad intelectual desde su particular e interesada perspectiva.

Las otras discográficas

Aunque es cierto que la mayoría de la música que se produce sale de un pequeño oligopolio que lo controla casi todo, existen también pequeñas discográficas independientes que intentan sobrevivir como pueden. Sin embargo, la ley de la ciudad, mucho más salvaje que la ley de la selva, es implacable. Las reglas establecen que el pez grande se come al chico y al mediano también. La lucha es desigual y para colmo la realidad se encarga de dar ayudas a estos monstruos discográficos acostumbrados a comer mercados y vomitar subproductos.

Una empresa pequeña que quiera sacar una tirada de discos, tiene que pagar por adelantado el permiso de reproducción mecánica a la Sociedad General de Autores y Editores. Importa poco que la mayor parte de esos compactos no se venda o que se destine a promoción. Las alternativas se reducen a pagar o a no sacar el disco.

Por el contrario, para los muchimillonarios de la industria, todo son facilidades. Una gran empresa discográfica sólo tiene que pagar a final de año el importe que corresponde, no a las unidades fabricadas, sino únicamente a las efectivamente vendidas.

No son sólo las pequeñas discográficas. Los autores que han decidido autoeditarse su obra tampoco lo tienen fácil. Para imprimir una tirada de CDs con tu propia obra, si eres socio de SGAE, deberás pagarles para que ellos, previa deducción de su comisión por gastos de gestión, se lo abonen al autor… que resultas ser tú mismo. Gomaespuma contaba cómo en sus inicios se topó con esta absurda realidad:

—Resulta que para dejarles fabricar diez mil discos les pedían un pastón.

—Pero, oiga. ¿Para qué es ese dinero?

—Para pagárselo a los autores.

—Si los autores somos nosotros.

—Pues para pagarles a ustedes.

—Si es que nosotros preferimos quedarnos con el dinero. ¿Para qué se lo vamos a dar a ustedes para que ustedes nos lo den a nosotros?

—Pues no pueden fabricar.

Comenta Guillermo: «Total, que pagamos la pasta, que nos devolvieron meses más tarde con un descuento enorme en concepto de gastos por habernos tramitado el pago».

Hay empresas estampadoras de CDs que te reclaman ellas mismas el pago para hacérselo a SGAE. Lo que ocurre es que el miedo al pleito genera situaciones absurdas y no solo te exigen el pago de derechos de autor de todos los CDs que imprimas por adelantado sino que algunas te exigen ese pago incluso sin que ni siquiera grabes obras de autores socios de SGAE y a pesar de que ese sería un pago indebido.

Cuando algunos músicos me contaron esto no me lo podía creer. Pero, por asombroso que parezca, realmente es así. Lo comprobé escribiendo a una empresa de estampación de CDs española para que me lo confirmara. Les pregunté que si incluso en el caso de que yo quisiera sacar una tirada de CDs que incluyeran únicamente psicofonías debía pagar por los derechos de reproducción mecánica de esa estampación. Había que tener en cuenta que los autores a remunerar no solo no pertenecían a SGAE sino que además estaban muertos. La respuesta fue que tenía que pagar a SGAE igualmente porque la empresa ya incluía este pago en el precio del CD.

¿He de pagar a los autores incluso si éstos son fantasmas que habitan en mi casa y que susurran un par de tonterías a mi radio de doble pletina? No hay autores (para ser autor, es requisito indispensable crear la obra mientras estás con vida) e incluso si lo fueran no se puede decir que lo que ellos producían fueran realmente obras intelectuales. Solo eran algunas palabras sueltas de tipos muertos que no decían gran cosa: gritos sin sentido, lamentos, sollozos y alguna amenaza de asesinarte en la oscuridad (ya se sabe que a los espíritus les gusta gastar ese tipo de bromas). Pero no importa, tengo que pagar a SGAE que se encargará de hacerle llegar la recaudación de sus derechos a Casper.

Pregunté a SGAE si esto era realmente así y todos los delegados territoriales, por unanimidad, coincidieron en que solo hay que pagarles si las obras grabadas en el CD que se duplica son de socios de SGAE o de cualquier otra entidad de gestión del mundo con la que ellos tienen convenios. Esa respuesta es también justo la que da la ley, pero eso no impide que algunas empresas, por motivos cautelares, por miedo, o por mala fe, pidan un dinero que el músico no debe y que la mayoría de las veces no tiene.

Gestión colectiva

Las entidades [de gestión] recaudan para quienes se lo hayan encargado, y nada más, si no se quiere incurrir en supuestos de enriquecimiento injusto o sin causa.

Manual de Propiedad Intelectual. Coordinado por el Prof. Dr. D. Rodrigo Bercovitz

Muchos músicos han comprendido que la sobreprotección de su trabajo les corta las alas impidiendo que llegue a todos los lugares a los que a ellos les gustaría. Cuando te asocias a SGAE, cedes la gestión de tus derechos y a partir del mismo momento en que firmas el contrato, tu obra será controlada por esa entidad de gestión. Si tú, como padre de tu obra, decides que quieres colgarla en Internet para darle difusión, no tardarás en recibir una carta que te dirá que tienes que pagar unos derechos de comunicación pública a ti mismo. Obviamente te parece absurdo pagar a una entidad para que ella, previa deducción de su porcentaje de administración, te devuelva parte de ese dinero, pero de nada sirve que te niegues porque la gestión de esos derechos la ostenta la SGAE. Tú se la diste.

Algunos optan entonces por no asociarse, algo absolutamente legal en la teoría pero realmente difícil en la práctica porque existen ciertos derechos que solo pueden ejercerse a través de una entidad de gestión, como ocurre, por ejemplo, con los derechos de remuneración. Eso significa que no cobrarás lo relativo al uso masivo e incontrolado de tu obra. Las opciones que te quedan son o ser socio y perder el control sobre tu creación o no cobrar estos derechos que te pertenecen.

Estos derechos de gestión colectiva obligatoria están tasados y siguen siendo la excepción y no la regla, pero son los suficientes como para que la libertad de asociación quede en entredicho. El profesor Juan Montero Aroca lo explica bien en
La legitimación colectiva de las entidades de gestión de la propiedad intelectual
:

Aunque pueda hablarse de libertad de asociación o de la existencia de miembros no socios, si una persona titular de derechos de propiedad intelectual o afines no puede proceder al ejercicio individual de los mismos, primero, porque es materialmente imposible pero, además, porque la Ley dice que las únicas legitimadas para ese ejercicio son las entidades de gestión, dicho está que podrá seguirse hablando de «libertad» para integrarse en una entidad, pero se tratará de una pura ficción jurídica. La libertad formal no puede llevarse al terreno de la realidad por los titulares de los derechos, a no ser que se quieran actuar en contra de sus propios intereses. Corresponde al interés del titular de derechos figurar como socio en la entidad de gestión correspondiente, unas veces porque de lo contrario no podrá percibir los derechos de simple remuneración (piénsese en el de copia privada) y otras por el riesgo de no estar identificado (sobre todo en las autorizaciones genéricas o de repertorio) y de que la cantidad que le corresponda acabe siendo destinada a las actividades culturales, institucionales o de asistencia de la entidad.

Si quieres cobrar estos derechos tendrás, por tanto, que asociarte a SGAE entregándole su gestión, que es justo lo que no querías al principio. Muchos pensarán que asociarse a SGAE y que te recaude esos derechos cobrando un porcentaje por la gestión tampoco es tan malo. Y es cierto, no lo es. A no ser que quieras tener algo que decir sobre cómo se gestiona tu obra, como demostró el caso Muzikalia.

El caso Muzikalia

Muzikalia es una revista de música independiente, que se ocupa de esos músicos para los que es un sueño vender más de 1.000 discos. Para ellos, los artistas que venden por millones son sencillamente de otro planeta.

Los cantantes de los que habla Muzikalia no tienen nada que ver con Christina Aguilera, no saben quién es Ricky Martin y no se sienten representados por Alejandro Sanz. Son el proletariado de los músicos. Son esos que no verás en
Música Uno
.

Muzikalia, en 2002, decidió dar un paso adelante en su labor de fomentar la escena músical independiente de este país, poniendo en su página web una radio on line y una sección de la que te podías descargar gratuitamente música en formato Mp3. Obviamente, se ocuparon antes de obtener la autorización tanto de los autores como de sus discográficas. Nadie se negó. Para que tu música salga en la radio o en televisión es necesario cumplimentar un papeleo burocrático que no está al alcance de cualquiera y que consiste, básicamente, en firmar un cheque con muchos ceros. Si no tienes dinero no puedes publicitar tu música y, si no puedes publicitar tu música, no existes. Por eso, para los grupos que no pasan de unos pocos centenares de copias vendidas, difundir su obra por cualquier medio es un paso de gigante que ayer ni pudieron soñar. Como el propio director me confirma, «Muzikalia era una de las pocas revistas que daba tanto apoyo a la escena indie, y, obviamente, todo el mundo quería poner sus temas».

La idea era estupenda y beneficiaba a todos. Los grupos y las discográficas promocionaban sus discos y los usuarios podían acceder a ellos y conocer así música que ni sabían que existía.

La gran cantidad de descargas que tuvieron nada más poner en marcha el proyecto, convertían en mito aquello de que la radio escupe lo que los ciudadanos demandan. El éxito fue total y los músicos se congratulaban de lo mismo de lo que los ricos de la industria se lamentan. Lejos de matar la música, ésta cobraba vida con las descargas y a escala planetaria.

La SGAE tardó dos semanas en poner los puntos sobre las íes con un correo electrónico. La actividad que Muzikalia estaba llevando a cabo era ilegal y necesitaba la correspondiente autorización, lo que significa, traducido al castellano, que necesitaba firmar el correspondiente talón bancario. No importaba que los autores y las discográficas no solo autorizaran sino que desearan esa difusión. Los derechos de los autores, al estar asociados a SGAE, son gestionados por esa entidad del modo que ella cree conveniente, incluso si ese modo es justo el contrario al que aspira el autor.

SGAE pedía a Muzikalia un 6% de los ingresos que ésta obtenía con ese servicio o bien un canon mínimo mensual de 750 euros por la radio y las descargas de Mp3. Como ese servicio era gratuito y no tenían por él ningún tipo de ingresos, Muzikalia se veía obligada a pagar mensualmente una cantidad imposible para una revista independiente.

La revista alegó que lo que hacían era beneficioso para los autores, que ellos mismos lo habían solicitado, que su idea fomentaría la música independiente en España… La respuesta fue el equivalente educado de «y a mí qué». Entonces se montó el revuelo. Telecinco, El País y Onda Cero, entre otros, se hicieron eco de la noticia: se iba a cerrar una web que difundía la música por expreso deseo de sus creadores. El siguiente paso fue contratar a un bufete de abogados que se encargaría de negociar la licencia para no tener que pagar ese mínimo imposible.

Muzikalia jamás consiguió otra licencia distinta a la que le ofrecieron inicialmente. Un año y medio de negociación infructuosa y 3.000 euros abonados en gastos, son suficientes para acabar con el ánimo de cualquiera.

¿Quién salía perjudicado de todo aquello? ¿Por qué se les obligó a cerrar? Nunca lo sabremos, pero lo que es evidente es que es complicado mantener que defiendes a los autores frente a las descargas gratuitas de Internet cuando es patente que un buen número de ellos incentivan y desean esas descargas. Quizás es que ese hecho, el que los músicos pidan que te descargues sus canciones y que pongan los medios para ello, es un argumento potente para los que defienden los beneficios de la libre circulación de las obras y la poca representatividad de los autores muchimillonarios. Sin duda la mejor forma de hacer desaparecer ese ejemplo que probablemente saldría en muchos debates sea forzando la retirada de la página que le sirve de base.

En cualquier caso la propiedad intelectual aplicada de la forma más restrictiva volvió a hacer otro gran bien a la cultura cerrando un sitio gratuito que permitía su difusión y su acceso. Si el derecho de autor nacido para proteger la cultura se ha convertido en el principal arma para asfixiarla es que algo está fallando. Si esto es así, es que se han olvidado los fines a los que sirven esos derechos. Si esto es así, es que hay que cambiarlo todo.

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