Por qué no soy cristiano (29 page)

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Authors: Bertrand Russell

Tags: #Ensayo, Religión

BOOK: Por qué no soy cristiano
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El nombramiento fue revocado por tres razones. La primera, que Russell era extranjero:

El demandante afirma, en primer lugar, que la Sección 550 de la Ley de Educación requiere que «Ninguna persona esté empleada o autorizada a enseñar en las escuelas públicas del estado si… 3. No es ciudadano; las cláusulas de esta subdivisión no se aplicarán, sin embargo, a un maestro extranjero empleado ahora o en lo futuro, siempre que dicho maestro presente la solicitud debida para hacerse ciudadano, y conforme con el tiempo prescrito por la ley se convierta en ciudadano». Queda concedido que Bertrand Russell no es ciudadano, ni ha solicitado serlo. El abogado de la corporación sostiene que dispone de un tiempo razonable después del nombramiento para presentar la solicitud. Sostiene además que esta sección no se aplica a los profesores de las universidades de la Ciudad de Nueva York, alegando que, si fuera aplicable la Sección 950, la mayoría de los profesores de las universidades de la Ciudad de Nueva York ostentarían sus plazas ilegalmente, porque no son ni graduados de una escuela normal del Estado, ni tienen licencias del comisario de educación… No parece lógico que la lección no estuviera destinada a aplicarse a un caso similar al de Bertrand Russell, que lleva cierto tiempo en este país, que no ha presentado jamás una solicitad para hacerse ciudadano y al que, aparentemente, como se veta más adelante, se le negaría la ciudadanía. La sección se aplica generalmente a «maestros y alumnos», y no se limita a las escuelas elementales y secundarias, y el tribunal mantiene, por lo tanto, que Bertrand Russell no está calificado para enseñar en razón de las cláusulas de esta sección, pero la decisión que aquí se toma no se basa solamente en esto.

No hay que ser un entendido para descubrir las trampas legales del razonamiento del juez. La ley invocada se refiere, con toda claridad, a las escuelas públicas y no a las universidades. Contiene otras muchas estipulaciones que nunca se aplican a los profesores de universidad. Pero incluso en las escuelas públicas, la ley permite enseñar a un extranjero, si declara su intención de hacerse ciudadano. Russell tenía casi un año para ello. McGeehan no tenía derecho a suponer que Russell no solicitaría la ciudadanía. Tampoco tenía el derecho de hablar por las autoridades de la Oficina de Inmigración y Naturalización.

Bastaría esta usurpación de poderes para que un tribunal superior no pudiera, concebiblemente, mantener el fallo de McGeehan. Además, la debilidad de sus constantes inferencias de que Russell era una persona de «malas costumbres» y culpable de depravación moral puede ser medida por el hecho de que las autoridades de inmigración no intentaron, antes ni después del veredicto, deportar a Russell.

Segundo, el nombramiento de Russell fue declarado nulo, basándose en que no había dado un examen de competencia:

El segundo argumento del demandante es que no se hizo examen de ninguna clase a Bertrand Russell en el momento del nombramiento, y esto lo demuestran las actas del Comité Administrativo de la Universidad de la Ciudad de Nueva York y de la Junta de Educación Superior en el momento de su nombramiento.

Esta ley contiene una cláusula que reconoce la posibilidad de que haya que dar un examen de competencia siempre que lo estime así la Junta de Educación Superior. McGeehan no podía ignorar esta cláusula. Pero Russell tenía que ser declarado incapaz a toda costa. Por lo tanto, la cláusula fue amañada por el siguiente argumento ingenioso:

Aunque no es necesario que el tribunal determine judicialmente la acción de la Junta de Educación Superior al suponer que era impracticable que se diese un examen de competencia para la plaza de Profesor de Filosofía de la Universidad, tal suposición de parte de la Junta de Educación Superior se estima arbitraria, caprichosa y en violación directa de los mandatos de la Constitución del Estado de Nueva York. Si sólo hubiera en el mundo una persona que entendiese de filosofía y de matemáticas y esa persona fuese Bertrand Russell, se podría pedir a los contribuyentes que lo empleasen sin examen, pero resulta difícil creer, considerando las importantes sumas que se gastan ni materia de educación, que no se dispone de otra persona, en Estados Unidos, que constituya un galardón para la sabiduría y la vida pública. Otros colegios y universidades, tanto públicos como privados, han hallado al parecer ciudadanos americanos a los cuales emplear, y decir que la Universidad de la ciudad de Nueva York no podía emplear un profesor de filosofía mediante un examen cualquiera significa que la Junta de Educación Superior se arroga un poder que le fue negado por el pueblo del Estado de Nueva York en la Constitución, y ninguna Legislatura ni ninguna Junta pueden violar este mandato.

Es difícil tomar en serio la pretensión de McGeehan da que la Junta actuaba «arbitraria y caprichosamente» al no someter a Russell a un concurso. Es aun más difícil suponer que el juez mantenía aquello de buena fe. Si el concurso fuera realmente un requisito legal de los profesores de universidad, entonces todos los profesores de las universidades del estado tendrían que ser despedidos. Todos los miembros de la Junta de Síndicos de Educación Superior tendrían que ser acusados de hacer nombramientos ilegales. El Comisario de Educación del Estado de Nueva York tendría que ser castigado por permitir que tantos profesores enseñasen ilegalmente. Pero, en todo caso, el concurso no es un requisito legal, y en la ley no hay nada que impida que la Junta estime que las circunstancias hagan imposible un examen ya en el caso de extranjeros o en el de ciudadanos
[10]
.

De acuerdo con la lógica de McGeehan, no se podría contratar a los profesores extranjeros distinguidos, ya que presumiblemente en la mayoría de los casos habría norteamericanos capaces de llenar los puestos competentemente. Todo el mundo sabe que en las principales universidades de los Estados Unidos se emplea regularmente a extranjeros. Con anterioridad a la ley de inmigración de McCarran, esto fue reconocido oficialmente al quedar exentos de las usuales cuotas de inmigración los profesores extranjeros. Tengo que advertir que recientemente el distinguido filósofo católico Jacques Maritain fue nombrado profesor de una de las universidades municipales. Toda persona sensata debió celebrar este nombramiento, pero, que yo sepa, Maritain es un extranjero que no ha solicitado jamás la naturalización. Tampoco dio un examen de competencia. Ningún contribuyente presentó una demanda para que se declarase nulo el nombramiento. Me pregunto si el juez McGeehan tomaría en serio estas razones, si fueran la base de una demanda en el caso de Maritain.

El juez trató gustosamente la tercera razón de su opinión. En las dos primeras se advertía un tono de excusa. Pero no ocurría así en la tercera, cuando había que defender la «moralidad» contra el corruptor de la juventud y sus sospechosos patrocinantes de la junta de Educación Superior. Entonces McGeehan se convirtió en un feroz cruzado. Como Russell comentó más tarde, «el juez se dejó ir». La opinión, en esta fase, se hizo confusa, y el argumento racional, en la proporción que existiera en las exposiciones anteriores, se acabó. La furia y la santa cólera tomaron posesión del campo. No era fácil siempre determinar con qué razón ordenaba el juez excluir a Russell, ya que curiosamente admitía que muchas de sus observaciones no eran pertinentes para su decisión. Sin embargo, no quedaba la menor duda del «carácter inmoral» de Russell y de la «naturaleza salaz de sus enseñanzas»:

Las anteriores razones serían suficientes para mantener la demanda y para conceder el desagravio pedido, pero hay una tercera razón en que se apoya el demandante y que, para el tribunal, parece decisiva. El demandante sostiene que el nombramiento de Bertrand Russell ha violado la política pública del estado y de la nación, a causa de las enseñanzas notoriamente inmorales y salaces de Bertrand Russell y porque el demandante sostiene que se trata de un hombre de mala moral.

Se ha dicho que la vida privada y los escritos de Bertrand Russell no tienen nada que ver con su nombramiento como profesor de Filosofía. También se ha aducido que va a enseñar matemáticas. Sin embargo, su nombramiento, es para el departamento de filosofía de la universidad.

Considerando esto, proseguía el juez, «desechaba completamente la cuestión de los ataques del señor Russell a la religión». Esto, hay que reconocerlo, fue muy generoso de su parte. Quizás convenga señalar a veces que, a pesar del poder de dignatarios como el concejal Charles Keegan y el senador Phelps Phelps la Ciudad de Nueva York, los Estados Unidos de América del Norte son una nación secular, y no parte de la España de Franco o del Sacro Imperio Romano; aunque a veces uno no está tan seguro, fuera como fuese, el juez se hallaba dispuesto a tener toda la clemencia posible con las críticas de Russell de las teorías religiosas. Sin embargo, en otros asuntos, era necesario hablar un lenguaje más severo:

…pero hay ciertos principios básicos en que se basa este Gobierno. Si un maestro, que no es una persona de buena moral, es nombrado por cualquier autoridad, el nombramiento viola estos requisitos esenciales. Uno de los requisitos de un maestro es su buena moral. En realidad, éste es un requisito para ingresar en el servicio civil en la ciudad, el estado, las subdivisiones políticas o los Estados Unidos. No se necesitan argumentos para defender esto. No hay que hallarlos en la Ley de Educación. Se hallan en la naturaleza de la profesión docente. Los maestros no tienen sólo que instruir en las aulas, sino dar ejemplo a los estudiantes. Los contribuyentes de la Ciudad de Nueva York pagan millones para mantener los centros docentes de la Ciudad de Nueva York. No pagan ese dinero, ni ese dinero fue concedido para pagar a maestros que no tengan una buena moral. Además, hay en la Ley de Educación amplia autoridad para apoyar esta afirmación.

Debería notarse que, a pesar de sus numerosas afirmaciones de que Russell era una persona de «carácter inmoral», McGeehan no condescendió en parte alguna a enumerar la conducta, real o supuesta, de Russell, que apoyaba tal conclusión. Es imposible estar seguro, por ejemplo, de si aceptó la acusación de Goldstein de que Russell y su esposa se «habían exhibido desnudos en público» o que había compuesto «poemas salaces». Es igualmente imposible saber si el juez basaba su conclusión acerca de la reclusión de Russell en el pacifismo de éste durante la Primera Guerra Mundial, cuestión en la que Goldstein, como muchos irlandeses que hasta entonces no se habían destacado como campeones de los intereses imperiales británicos, se había excitado de tal modo. No sé cómo el procedimiento de hacer declaraciones ofensivas sin presentar pruebas es considerado, por la gente dotada de la percepción de las «normas divinas». Para la gente como yo, que es menos afortunada, parece completamente malo; y si se trata de un juez, en el curso de sus deberes oficiales, me parece un monstruoso abuso de su posición.

La moral de Russell era bastante mala, pero sus doctrinas eran peores aun:

La afirmación del demandante de que Bertrand Russell ha difundido en sus libros doctrinas salaces e inmorales está ampliamente confirmada por los libros presentados como prueba— No es necesario detallar aquí la
obscenidad
[11]
contenida en esos libros. Basta citar lo siguiente. En
La educación y el mundo moderno
, páginas 119 a 120: «Estoy seguro de que la vida de la universidad sería mejor, tanto intelectual como moralmente, si la mayoría de los estudiantes tuvieran matrimonios temporales y sin hijos. Esto sería una solución del impulso sexual que no sería inquieta ni subrepticia, mercenaria ni casual, y de una naturaleza tal que no quitaría un tiempo que debería dedicarse al trabajo», De
El matrimonio y la moral,
páginas 165 y 166: «Por mi parte, aunque estoy completamente convencido de que el matrimonio donde se practica la contraconcepción legalizada y que se disuelve por mutuo acuerdo, sería un paso en el buen camino y haría mucho bien, no creo que eso sea suficiente. Creo que todas las relaciones sexuales que no suponen hijos deben ser miradas como un asunto puramente particular, y que si un hombre y una mujer deciden vivir juntos sin tener hijos, ése es un asunto solamente de ellos. No estimo deseable que un hombre o una mujer vayan a un asunto tan serio como un matrimonio destinado a tener hijos sin haber tenido antes experiencia sexual». («La importancia peculiar dada actualmente al adulterio es completamente irracional».
De Lo que yo creo
, página 50).

Quizás el juez no detalló la «obscenidad» contenida en los libros de Russell por la sencilla razón de que no existe en ellos. Como John Dewey dijo en un artículo de
The Nation
: «Las personas, si es que existen, que buscan obscenidad en los escritos de Russell quedarán decepcionadas. Esto falta de tal modo allí que el modo destemplado y moralmente irresponsable con que se ha acusado a Russell es una buena razón para creer que los que han expresado un criterio moral tan autoritario suprimirían, si pudiesen, toda discusión crítica de las creencias y prácticas que desean imponer a los demás». En cuanto a lo que el juez, dijo de «obscenidad», «cátedra de indecencia» y otras semejantes, otros autores observaron que si hubiera repetido aquellas palabras fuera del tribunal se le habría podido procesar por calumnia.

McGeehan pensó, al parecer, que lo que había demostrado acerca de Russell y de sus enseñanzas no era suficiente. Había demostrado que las doctrinas de Russell eran «salaces», es cierto; pero este hecho en sí no habría dado al tribunal derecho a intervenir. Se necesitaba algo más. Algo más severo, o, diríamos, más dramático. La situación exigía una demostración de imaginación creadora y el juez aceptó el desafío. Inspirándose en el Reverendo profesor Schultz y otros especialistas de elocuencia sagrada, tuvo la idea de asociar a Russell con incitaciones a la violación de la Ley Penal.

La Ley Penal del Estado de Nueva York es un factor importantísimo en la vida de nuestro pueblo. Como ciudadanos y residentes de nuestra ciudad nos hallamos dentro de su alcance protector. Al tratar de la conducta humana, las cláusulas de la Ley Penal y el proceder que condenan no deben ser tratados con ligereza o completamente ignorados. Incluso suponiendo que la Junta de Educación Superior posea el máximo poder que puede conferirle la Asamblea en el nombramiento de sus maestros, tiene que actuar de modo que no viole la Ley Penal, ni fomente la violación de ella. Cuando actúa de modo que patrocine o fomente las violaciones de la Ley Penal, y los actos contrarios a la salud, la seguridad y la moral publicas, sus actos carecen de efecto legal. Un tribunal de justicia, con los poderes inherentes a dicho tribunal, tiene amplia jurisdicción para proteger a los contribuyentes de la Ciudad de Nueva York de actos tales como el realizado por la Junta de Educación Superior.

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